En ese caso, nos encontramos ante una sucesión intestada, y es la ley quien se encarga de realizar un reparto entre los herederos atendiendo a su parentesco.
Sucesión intestada o ab intestato
Se recoge en el art. 912 del Código Civil, y establece quienes heredan, y en qué porcentaje lo hace cada uno.
Una sucesión intestada se da en caso de no existir testamento, pero también si existiendo uno, no tiene validez y es declarado nulo, o en caso de que no se cumpla alguna condición testamentaria, o el heredero no está en capacidad de suceder, o repudia la herencia.
¿Cuándo un testamento es declarado nulo?
No es algo que se regule expresamente en el Código Civil, no se indican las condiciones precisas que deben ocurrir, pero, aun así, hay casos claros en los que se entiende que, por mucho que exista testamento, no tiene validez y es necesario ser declarado nulo.
Uno de los casos que te puedes encontrar es cuando lo ha realizado un menor de 14 años, por considerar la falta de capacidad del testador.
Otro, que haya algún defecto de forma, como puede ser que no esté firmado.
En caso de tener constancia de que ese testamento se realice bajo presión, fraude, violencia o dolo.
Uno más, cuando parte de una modalidad de testamento con las últimas voluntades de varias personas, es lo que se llama testamento mancomunado.
Testamento mancomunado
Cuando se realizan las últimas voluntades de varias personas en un mismo documento, habitual en cónyuges.
Es un caso que, de encontrarlo, debes asegurarte de su legalidad, ya que el art. 669 Código Civil, establece que, al redactar un testamento, debe haber un solo testador.
No obstante, hay algunas Comunidades donde sí se considera su validez.